Incapacidad permanente
Informe pericial para incapacidad permanente: lo que el EVI no mide
El Equipo de Valoración de Incapacidades le ve unos minutos y decide con la documentación que tiene. Nuestro informe aporta lo que falta: qué tareas concretas de su profesión no puede realizar y la prueba medida de por qué.
Qué decide una incapacidad permanente
La incapacidad permanente no la concede un diagnóstico, sino la relación entre sus limitaciones y las tareas de su profesión habitual (parcial o total) o de cualquier trabajo (absoluta). Por eso un informe pericial útil no se limita a repetir las resonancias: describe el puesto de trabajo, mide lo que la persona puede hacer y compara ambas cosas.
Nuestro informe se estructura en tres partes: la situación clínica documentada (diagnósticos, pruebas, tratamientos y evolución, con línea temporal), la valoración funcional medida (fuerza, movilidad, marcha, tolerancia al esfuerzo, escalas) y el análisis de compatibilidad con los requerimientos del puesto. Las conclusiones se redactan en los términos que maneja el juzgado de lo Social.
Cuándo encargarlo
- Antes de la solicitud: para que el EVI tenga un informe completo desde el principio.
- En la reclamación previa (30 días desde la resolución del INSS): el momento más eficaz, porque el informe entra en el expediente antes de la demanda.
- Para la demanda ante el juzgado de lo Social: el informe se aporta como prueba y el perito lo ratifica en la vista.
- Revisión de grado por agravamiento o mejoría.
Si ya existe un dictamen del EVI o un informe de la mutua desfavorable, hacemos un contrainforme que analiza sus puntos débiles.
Qué medimos
Fuerza de prensión y de los grupos musculares relevantes con dinamómetro, comparada con el lado sano y con valores normativos por edad y sexo. Rangos articulares con goniómetro frente a los valores de referencia. Test de marcha de seis minutos con el valor previsto para su edad, talla y peso. Pruebas de sedestación-bipedestación, escaleras, equilibrio. Ecografía musculoesquelética de las estructuras lesionadas. Escalas validadas según la región y el problema: WHODAS 2.0, Oswestry, QuickDASH, KOOS, LEFS, FAAM.
Cada valor se presenta con su referencia y un código de color (normal, limitación moderada, limitación grave), para que el juez vea de un vistazo dónde está el problema.
Profesiones y casos frecuentes
Trabajadores manuales con lesiones de hombro, columna lumbar o rodilla; conductores profesionales; personal sanitario y de limpieza; hostelería; construcción. También incapacidades por enfermedad común con afectación musculoesquelética (artrosis, fibromialgia con limitación funcional objetivable, secuelas de cirugía). En patologías que requieren valoración de otra especialidad (cardiología, neurología, psiquiatría), coordinamos el informe con el médico adecuado.
Preguntas frecuentes
Lo que nos preguntan
¿Cuánto tarda el informe para la reclamación previa?
Entre una y dos semanas desde que recibimos la documentación, si es urgente. Díganos la fecha de la resolución del INSS en el primer mensaje: el plazo de 30 días para la reclamación previa manda.
¿Vale un informe de fisioterapeuta ante el INSS?
Sí, como informe de valoración funcional. Complementa al informe médico y aporta las mediciones que el EVI no suele hacer. En Peritaje Salud combinamos ambos cuando el caso lo necesita.
¿Pueden decirme si tengo opciones antes de pagar?
Sí. Con la documentación que tenga hacemos un informe de viabilidad en 48 h y le decimos si merece la pena seguir. Si no, se lo decimos igual.
¿Qué documentación necesito?
Resolución del INSS y dictamen del EVI si los hay, informes médicos y pruebas de imagen, partes de baja, vida laboral y descripción del puesto. Lista completa.
¿Hablamos de su caso?
Cuéntelo en dos líneas. En 24 horas laborables le decimos si un informe le ayudará y cuánto cuesta. Y si no le va a servir, también se lo decimos.